Cuando fallezca un pensionado, sus deudos que así lo soliciten, podrán recibir por parte de la institución, la percepción denominada ayuda para gastos funerarios. El monto a pagar derivado de la prestación será acorde a la percepción mensual que en vida tuviera el pensionado y de conformidad con lo establecido por el Acuerdo expedido el 5 de junio del 2019.
Requisitos:
En caso de fallecimiento de algún beneficiario, presentar acta de defunción del mismo.
Importante
El trámite se inicia en el Centro de Atención al Derechohabiente, en el edificio administrativo, planta baja, en Av. Teófilo Borunda 2900, colonia centro en la ciudad de Chihuahua., Chih. De forma presencial a entregar la solicitud y requisitos para el trámite.
Horario de oficina
Lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.